Se garantiza la educación profesional a través de la formación a distancia y virtual
La Paz, 30 de marzo de 2020 (MC).- El Ministerio de Educación, a través del Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional, la Dirección General de Educación Superior Universitaria y la Asociación Nacional de Universidades Privadas de Bolivia (ANUP), comunica que las universidades garantizarán la educación superior profesional equitativa, a través de la implementación de la formación a distancia y virtual, mediante el uso, tanto de plataformas como recursos digitales, sin condicionantes de ningún tipo.
Se asume esta determinación en el marco del D.S. N°4196, que tiene por objeto declarar emergencia sanitaria nacional y cuarentena contra el brote, el D.S. N° 4199 que tiene por objeto declarar cuarentena total contra el contagio y propagación y el D.S. N°4200, que tiene como objeto reforzar y fortalecer las medidas en contra del contagio y propagación del Coronavirus (COVID-19) en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
Además se establecen las siguientes determinaciones:
Los estudiantes que decidan abandonar el módulo o el semestre, deberán comunicar su decisión a la universidad respectiva, para que sean considerados en la correspondiente reprogramación en el periodo de invierno o el siguiente módulo.
Las universidades establecerán sus planes de cobros bajo el principio de la flexibilidad donde los estudiantes podrán regularizar la cancelación de sus colegiaturas, mensualidades, cuotas u otro tipo de pagos pendientes.
Las universidades no cobrarán ningún tipo de multas, sanciones o recargos tanto por ausencia como retrasos de pagos durante el semestre actual.
Las universidades deben cumplir con el pago de salarios a todo su personal docente y administrativo en el marco del DS 4199.
La acreditación de las horas de formación a distancia o virtuales estará sujeta a evaluación, que debe asegurar la calidad educativa, pudiendo ser reforzadas las habilidades y competencias procedimentales posteriormente.
Las universidades podrán alterar el orden de las asignaturas semestrales en su componente teórico o reorganizar los módulos de manera que faciliten su desarrollo a través de plataformas virtuales.
Las universidades tomarán las previsiones para desarrollar y evaluar el componente práctico una vez reinstaladas las actividades presenciales.